Botón Arrepentimiento

Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor

Opción de revocar el servicio contratado, dentro de los 10 días corridos desde la fecha de contratación del servicio.

Datos de Arrepentimiento

11 + 2 =

Nota: Siendo un Servicio de Seguridad Privada (Regido mediante Ley 10.571/18 Córdoba y sus Resoluciones Complementarias); los contratos deben de estar formalizados por escrito y con veracidad de identidad. Para su extinción (conforme resoluciones anexas), de identica manera, se deberá de acreditar identidad en forma veraz y correcta. [Cualquier otra alternativa, es plausible de Riesgo de Robo o Fraude al Titular Contratante].

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